Resumen de norma

DOCM-q-2023-90063

Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.

NUEVA LEY (TEXTO REFUNDIDO) QUE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y DE LA ACTIVIDAD URBANÍSTICA DE CASTILLA‑LA MANCHA; DEROGA Y MODIFICA, ENTRE OTRAS, EL DECRETO LEGISLATIVO 1/2010 (TEXTO REFUNDIDO DE LA LOTAU) Y DETERMINADAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES 1/2013, 8/2014, 3/2016, 1/2017 (disposición final primera), 3/2017, 1/2021, 1/2022 Y 5/2020 (incluida la LEY 1/2021, DE SIMPLIFICACIÓN URBANÍSTICA Y MEDIDAS ADMINISTRATIVAS); mantiene en lo compatible varios decretos y la Orden 4/2020. Esta norma refundida organiza en un solo texto las reglas sobre clasificación del suelo (urbano, urbanizable y rústico), derechos y deberes de los propietarios, definición de parcelas, solares y aprovechamientos, y el régimen de excedentes y patrimonios públicos de suelo; regula los instrumentos de planificación (planes de ordenación del territorio, planes municipales, planes parciales, planes especiales, proyectos y planes de singular interés, catálogos y estudios de detalle), exige evaluación ambiental y sostenibilidad económica, fomenta crecimiento compacto, movilidad sostenible, accesibilidad universal y eficiencia energética y obliga a respetar la economía circular. Establece procedimientos de concertación entre administraciones, convenios urbanísticos, formas de gestión directa e indirecta (incluido el papel del urbanizador), programas de actuación urbanizadora (PAU) y reglas para obtención, cesión o compensación de suelo y financiación de urbanización; fija derechos de tanteo y retracto, instrumentos registrales y el régimen de legalización, inspección, órdenes de ejecución, sanciones (multas, inhabilitación o, en casos, expropiación) y prescripción de infracciones. Contempla tutela de patrimonios naturales y culturales, normas específicas para suelo rústico, proyectos industriales/infraestructuras supramunicipales, y procedimientos para expropiación y justiprecio. El Texto Refundido y su Decreto Legislativo entran en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Castilla‑La Mancha; fue aprobado en Toledo el 28 de febrero de 2023 y firmado por el Presidente Emiliano García‑Page Sánchez.

Consultar el texto consolidado oficial en el BOE