MODIFICA NORMAS EXISTENTES: Ley 16/2011 de Salud Pública de Andalucía; Ley 2/1998; Decreto 197/2007; Decreto 136/2001; Decreto 155/2005. El decreto‑ley (publicado el 28/07/2020 y posteriormente DEROGADO por Acuerdo de no convalidación el 25/08/2020) pretendía reforzar la respuesta ante la COVID‑19 creando un Sistema Integral de Vigilancia en Salud y un Sistema Integral de Alerta en Salud Pública que obliga a la notificación rápida de casos (incluida la realización de PCR u otras pruebas moleculares) por todos los centros y profesionales, y que impulsa redes centinela y mejora de los sistemas de información; establecía órganos específicos: un Comité de Vigilancia (asesor técnico) y un Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto (decisor), con comités territoriales y reglas de funcionamiento; reorganizaba la gestión creando Unidades de Gestión de Salud Pública (UGSP) en cada Área o Distrito, integrando atención primaria y medicina preventiva; regulaba medidas de personal para puestos y zonas de difícil cobertura (incentivos, baremación de la experiencia, promoción profesional, formación, agilización de procesos selectivos y uso de personal emérito en tribunales); imponía la tramitación electrónica obligatoria en procesos selectivos, provisión de puestos y bolsas de trabajo; incluía una línea extraordinaria de subvenciones para patrocinadores deportivos (50 % de la aportación, máximo 6.000 €, con requisitos, presentación telemática, justificantes, pago anticipado posible y régimen de reintegro y sanciones); y articulaba compensaciones económicas extraordinarias para concesiones de transporte público por carretera (y el servicio marítimo de la Bahía de Cádiz) por pérdida de ingresos y sobrecostes de desinfección, con metodología, documentación y plazos específicos. Además derogaba normas que contradijeran sus disposiciones, habilitaba a las consejerías competentes a desarrollar reglamentariamente sus medidas y fijaba su entrada en vigor al día siguiente de su publicación.
BOJA-b-2020-90326