Resumen de norma

BOE-A-2026-6545

Real Decreto-ley 8/2026, de 20 de marzo, de medidas en el alquiler en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Irán.

NUEVA NORMA (REAL DECRETO‑LEY) QUE MODIFICA LA APLICACIÓN DE: 1) LEY 29/1994, DE ARRENDAMIENTOS URBANOS (LAU); 2) LEY 12/2023. España aprueba un real decreto‑ley, dictado por la extraordinaria y urgente necesidad (art. 86 CE) y amparado en la competencia estatal sobre legislación civil (art. 149.1.8 CE), para hacer frente a la crisis de vivienda agravada por el encarecimiento energético y proteger a las familias de manera que el coste medio del alquiler más gastos y suministros no supere el 30% de los ingresos; la norma, aprobada por el Gobierno el 20 de marzo de 2026 y firmada por el Rey (FELIPE R.) y el Presidente del Gobierno, establece dos medidas principales: (1) una prórroga extraordinaria, a petición del arrendatario, de contratos de vivienda habitual sujetos a la LAU vigentes a la entrada en vigor y cuyo término previsto sea antes del 31 de diciembre de 2027, concedida por anualidades hasta un máximo de dos años adicionales y manteniendo los términos esenciales del contrato salvo las causas legales de recuperación de la vivienda; el arrendador deberá aceptar la solicitud salvo pacto distinto, existencia de nuevo contrato, o comunicación válida de necesidad de ocupación (art. 9.3 LAU), siendo incompatible con la prórroga del art. 10.3 LAU y sin aplicarse si se pacta renovación o nuevo contrato con renta inferior; y (2) una limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta hasta el 31 de diciembre de 2027: las partes pueden pactar el aumento, pero en ausencia de acuerdo el incremento no podrá exceder del 2%; si el arrendador es “gran tenedor” (según art. 3.k de la Ley 12/2023) el límite del 2% se aplica en todo caso incluso si hay pacto; la norma consta de dos artículos (prórroga y limitación de actualización) y dos disposiciones finales (competencia y entrada en vigor), respeta los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia (Ley 39/2015) y entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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