Resumen de norma

BOE-A-2026-5875

Real Decreto 189/2026, de 11 de marzo, por el que se regula la inscripción, modificación y cancelación de las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas y de las especialidades tradicionales garantizadas, y se disponen normas relativas a su comercialización.

El nuevo real decreto regula las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) en España, estableciendo procedimientos para su inscripción, modificación y cancelación, y adaptando la legislación nacional a las normativas europeas vigentes, como el Reglamento (UE) 2024/1143. La ley reemplaza y deroga varios reales decretos anteriores que regulaban estas denominaciones y modifica el Real Decreto 1363/2011 sobre etiquetado y el Real Decreto 267/2017 sobre DOPs e IGPs, estableciendo procedimientos claros, plazos y requisitos tanto para la solicitud y oposición a estas denominaciones, como para su control y promoción, asegurando la coherencia con la legislación europea y fomentando la calidad de la producción alimentaria en el país. La entrada en vigor se establece para el 1 de mayo de 2026.

Consultar el texto consolidado oficial en el BOEIdentificador europeo de legislación (ELI)