Resumen de norma

BOE-A-2026-5060

Real Decreto-ley 6/2026, de 3 de marzo, por el que se modifica la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, sobre reconocimiento a favor de personas fallecidas o con lesiones incapacitantes por su actividad en defensa y reivindicación de la Democracia.

MODIFICA LEYES EXISTENTES: Ley 20/2022 (Memoria Democrática), Ley 35/2006 (IRPF) y el Real Decreto 1803/2008. Este real decreto‑ley reconoce y actualiza medidas de reparación para las personas que fallecieron o sufrieron lesiones incapacitantes por defender o reivindicar las libertades democráticas entre el 1 de enero de 1968 y el 29 de diciembre de 1978, fijando una indemnización por fallecimiento de 250.000 euros y cuantías para lesiones incapacitantes (180.000 euros para incapacidad permanente absoluta y 500.000 euros para gran incapacidad), y establece el orden de beneficiarios (cónyuge o persona análoga, hijos, conviviente con afectividad, y subsidiariamente padres, nietos, hermanos e hijos de la persona conviviente) y la regla de reparto (si concurren cónyuge y hijos, 50% para el cónyuge y 50% para los hijos; reparto a partes iguales entre concurrentes del mismo grupo en los demás casos); es compatible solo si no se ha cobrado ya igual o mayor cuantía, permitiéndose solicitar la diferencia si lo recibido fue inferior; se aplica el procedimiento adaptado del Real Decreto 1803/2008, que se modifica para crear una Comisión de Evaluación adscrita al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y para que la Dirección General de Atención a las Víctimas efectúe los pagos por transferencia a la cuenta del beneficiario; las indemnizaciones previstas quedan exentas de IRPF al modificarse la Ley 35/2006; el plazo para solicitarlas es de un año desde la entrada en vigor (prorrogable por un año), la norma se dicta por la vía del real decreto‑ley por la extraordinaria y urgente necesidad, deroga normas incompatibles, autoriza al Gobierno a desarrollar reglamentariamente sus previsiones y entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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