**NUEVA NORMA REGLAMENTARIA: NO MODIFICA LEYES EXISTENTES.** El real decreto desarrolla la Ley 20/2022, de Memoria Democrática, y regula la organización y el funcionamiento del Banco Estatal de ADN de Víctimas de la Guerra y la Dictadura, una base de datos única de ámbito nacional, adscrita al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y gestionada por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, que reunirá perfiles genéticos de restos humanos, víctimas, familiares y personas afectadas por la sustracción de recién nacidos para facilitar identificaciones y filiaciones. La aportación de muestras será voluntaria, gratuita y basada en el consentimiento, y los perfiles se registrarán mediante códigos que no incluyan nombres ni domicilios, con medidas de seguridad y protección de datos conforme al Reglamento General de Protección de Datos, la Ley Orgánica 3/2018 y la Ley 20/2022. Solo podrán participar laboratorios acreditados y sometidos a controles de calidad, que se coordinarán con las comunidades autónomas, el INTCF, los órganos judiciales y fiscales y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; los datos solo podrán utilizarse para identificar restos, determinar filiaciones o, de forma disociada, realizar estudios científicos, históricos o estadísticos, y únicamente podrán comunicarse a las autoridades judiciales y fiscales cuando proceda. El real decreto también establece los procedimientos de integración de bases de datos ya existentes, la colaboración para obtener y remitir muestras, las normas éticas, técnicas y de bioseguridad, y la entrada en vigor seis meses después de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
BOE-A-2026-20910