**NUEVA NORMA: REAL DECRETO-LEY** que regula, en la Administración General del Estado y su sector público institucional, la actividad de los grupos de interés para garantizar que su influencia en las decisiones públicas sea transparente, íntegra, responsable y trazable, prevenir conflictos de intereses y asegurar la igualdad de oportunidades y la participación ciudadana; para ello, crea un Registro estatal público, gratuito y obligatorio, gestionado por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, donde deberán inscribirse estos grupos y facilitar información sobre su identidad, representantes, financiación, actividades y contactos con responsables públicos, establece normas de conducta, obligaciones de publicidad de reuniones, un informe de huella normativa sobre sus aportaciones a los proyectos de normas, medidas de protección de datos y un régimen de infracciones y sanciones, y prevé la conexión con los registros autonómicos, el Registro de Transparencia de la Unión Europea y el Portal de la Transparencia; la norma se justifica por compromisos nacionales y europeos, especialmente el hito CID 432 del Plan de Recuperación, y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. **MODIFICA LAS SIGUIENTES NORMAS: LA LEY 3/2015, REGULADORA DEL EJERCICIO DEL ALTO CARGO**, para reforzar las obligaciones de transparencia, regular los contactos con grupos de interés y limitar durante dos años las actividades profesionales de influencia tras el cese; **EL ESTATUTO DEL CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO**, para crear la Subdirección General de Transparencia e Integridad de las Actividades de los Grupos de Interés y atribuir nuevas funciones sancionadoras a su Presidencia; y **EL REAL DECRETO 611/2026**, para modificar su entrada en vigor y aplazar determinadas obligaciones hasta el 31 de diciembre de 2026; además, deroga las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido.
BOE-A-2026-18148