Esta NUEVA LEY FORAL crea un marco actualizado y único para proteger, conservar, gestionar y difundir el Patrimonio Documental de Navarra adaptado a la era digital: fija qué documentos (públicos y privados) forman parte del patrimonio, crea y regula el Sistema Archivístico de Navarra (órganos, archivos forales, Archivo Contemporáneo y Archivo Real y General, Archivo de Concentración para sociedades públicas), obliga a titulares públicos y privados a custodiar, inventariar y comunicar sus fondos al Censo de Archivos, establece plazos y procedimientos (por ejemplo plazo máximo de 10 años para transferir documentos en papel al Archivo Contemporáneo), impulsa la digitalización y la plataforma de archivo digital seguro con requisitos de preservación, metadatos y portabilidad, y regula la gobernanza de los activos de información y la gestión documental transversal en las administraciones (incluido el uso de IA con informes de impacto y auditorías). Garantiza el acceso ciudadano con límites por protección de datos y otras reservas, crea la Comisión de Evaluación Documental para valoración, autorizaciones y reclamaciones, prevé inspección específica y un régimen sancionador (infracciones leves, graves y muy graves, con multas coercitivas) y medidas de apoyo y financiación a municipios (con reglas sobre archivos municipales, cooperación y ayudas a entidades en riesgo de despoblación). Contiene disposiciones transitorias y reglamentarias (plazos progresivos para planes y publicaciones) y entra en vigor dos meses después de su publicación. NUEVA LEY FORAL — DEROGA: Ley Foral 12/2007; DEROGA/AFECTA igualmente a determinados preceptos de la Ley Foral 14/2005 (art. 12, capítulo III del Título V y la letra j) del art.100) y se armoniza con la Ley Foral 5/2018, Ley Foral 11/2019 y Ley Foral 1/2019.
BOE-A-2026-12613