**NUEVA LEY**, la Ley 4/2024, de 26 de julio, establece medidas urgentes para construir viviendas protegidas en La Palma, especialmente en El Paso, Los Llanos de Aridane y Tazacorte, destinadas prioritariamente a las personas cuyas viviendas fueron destruidas o sufrieron daños estructurales por la erupción de Cumbre Vieja y, posteriormente, a otros residentes inscritos en el Registro de Demandantes de Vivienda; para acelerar las obras, declara de interés general las actuaciones previstas en parcelas públicas, clasifica los terrenos como suelo urbano consolidado, reduce a la mitad los plazos administrativos, permite contratar conjuntamente proyectos y obras, excluye determinados controles y evaluaciones ambientales y autoriza la adquisición directa de suelos y edificios, incluso con una planta adicional cuando sea posible. Las personas afectadas podrán recibir una vivienda en propiedad, con protección durante 30 años, a cambio de transmitir a la Administración la parcela situada en el ámbito de la colada; las viviendas sobrantes se adjudicarán según la composición familiar, los ingresos y la inscripción registral. **MODIFICA LA LEY 2/2003, DE VIVIENDA DE CANARIAS**, atribuyendo nuevas competencias a los cabildos en materia de vivienda; **MODIFICA EL DECRETO-LEY 1/2024, DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE VIVIENDA**, para facilitar la promoción pública y privada de vivienda protegida, agilizar los trámites y reconocer a Visocan como medio propio de las administraciones públicas; y **MODIFICA EL DECRETO-LEY 24/2020**, fijando reglas sobre superficies útiles y rentas máximas de alquiler, especialmente en las islas no capitalinas. Además, deroga expresamente el Decreto-ley 2/2024, se aplica supletoriamente junto con la Ley 4/2017 del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias y queda sujeta a la legislación estatal; la regulación sobre adquisición directa fue posteriormente modificada por el Decreto-ley 3/2025.
BOE-A-2025-4912