NO ES UNA NUEVA LEY; ES UNA ORDEN MINISTERIAL DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1312/2024 Y DE TRANSPOSICIÓN DEL REGLAMENTO (UE) 2024/1028; NO MODIFICA LEYES EXISTENTES. La orden aprueba el modelo informativo anual para el Registro Único de Arrendamientos y la Ventanilla Única Digital adscrita al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, que debe presentarse cada febrero por cada finca, buque, embarcación o artefacto con arrendamientos urbanos de corta duración del año anterior; el modelo (disponible en las webs del Colegio de Registradores y de la Ventanilla) puede entregarse en papel o telemáticamente en formato XBRL (especificación XBRL 2.1 y taxonomía “XBRL de Arrendamientos 2025”) e incluirá, como mínimo, un listado anonimizado de los arrendamientos y la identificación de la finalidad (vacacional/turística, laboral, estudios, tratamiento médico u otras previstas en el art. 4.2.a del RD); si hay dudas fundadas sobre la finalidad, el registrador podrá exigir documentación acreditativa que las partes deben conservar y facilitar, y podrá retirar números de registro usados indebidamente (lo que conllevaría la cancelación de la nota marginal); la orden se aplica en todo el territorio nacional, respeta los principios de buena regulación y garantiza la protección de datos conforme al RGPD y a la Ley Orgánica 3/2018; la disposición transitoria obliga a usar este modelo para los arrendamientos de 2025, cuya comunicación deberá presentarse en febrero de 2026; la orden entra en vigor el 2 de enero de 2026 y está firmada por la Ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez García (22 de diciembre de 2025).
BOE-A-2025-27116