NUEVA LEY QUE MODIFICA: Decreto Legislativo 2/2003 (Texto Refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña); el Código Tributario de Cataluña (art. 612‑3); Ley 28/2002 (Institut per al Desenvolupament i la Promoció de l’Alt Pirineu i Aran); Decreto 201/2015; Decreto 466/2004; Decreto Legislativo 1/2003 (Institut per al Desenvolupament de les Comarques de l’Ebre); Decreto 166/2022 (creación del Consell Català de Municipis Rurals); Ley 33/2010 (políticas de juventud). Esta nueva norma crea un Estatuto de municipios rurales de Cataluña para mejorar la vida en el mundo rural, frenar la despoblación y garantizar igualdad material de derechos: define qué es un municipio rural y uno de atención especial (criterios de población, densidad y envejecimiento), obliga a que las leyes y reglamentos valoren su impacto rural mediante un "Mecanismo Rural de Garantía", y refuerza la autonomía y la participación municipal (con representación rural en órganos de la Generalitat y procedimientos de conciliación previa entre administraciones). Establece un Fondo Específico e incondicionado y una línea de inversión para obras y rehabilitación que prioriza municipios de atención especial, reglas de reparto y coberturas hasta el 100 % en casos concretos; obliga a incluir partidas presupuestarias anuales para su aplicación. Mejora servicios públicos (educación con financiación extraordinaria para escuelas rurales, sanidad y servicios integrados sociales-sanitarios, seguridad adaptada y presencia policial, transporte público mínimo y transporte a la demanda, acceso a servicios financieros móviles, vivienda pública y bolsa de vivienda rural), impulsa la simplificación administrativa y la administración electrónica (portal único, interoperabilidad, modelos normalizados y sustitución de documentación por declaraciones responsables) y facilita delegaciones, convenios y gestión supramunicipal con convenios tipo. Introduce incentivos fiscales temporales: deducciones autonómicas en IRPF por traslado, adquisición, rehabilitación y alquiler de vivienda en municipios rurales (con límites de renta y cuantías diferenciadas para municipios de atención especial) y tipos reducidos/bonificaciones en ITP/AJD para compras y rehabilitaciones; regula plazos transitorios y condiciones de compatibilidad. Incluye medidas de empleo, emprendimiento, teletrabajo, apoyo técnico desde diputaciones y consejos comarcales, medidas sectoriales (urbanismo, patrimonio, energía local) y obligaciones de evaluación, transparencia y revisión periódica de la clasificación municipal; entra en vigor a los 20 días de su publicación (las disposiciones de IRPF el 1 de enero siguiente).
BOE-A-2025-16833