NUEVA ORDEN MINISTERIAL (NO MODIFICA LEYES EXISTENTES): mediante esta orden, que aplica el Reglamento (UE) 2024/1028 (11 abril 2024) y desarrolla el Real Decreto 1312/2024 (23 diciembre 2024), se crea y regula en todo el territorio nacional la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, dependiente del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (Dirección General de Planificación y Evaluación), y se articula el Registro Único de Arrendamientos en el Registro de la Propiedad y en el Registro de Bienes Muebles; las plataformas de alquiler de corta duración que permiten contratos a distancia deben transmitir por unidad los datos de actividad (número de noches, número de huéspedes por noche y países de residencia), el número de registro facilitado por la persona arrendadora, la dirección completa de la unidad (desglosada) y la URL del anuncio, siguiendo el modelo telemático del anexo; la remisión es por regla general mensual (mes natural) y debe realizarse por medios máquina a máquina a la Ventanilla Única dentro de los primeros quince días naturales del mes siguiente (salvo plazo distinto fijado por la Comisión Europea), con una excepción para las plataformas incluidas en el artículo 2.h) del RD 1312/2024, que pueden transmitir trimestralmente y, cuando proceda, también manualmente a través del portal del Ministerio; los sistemas y procedimientos de transmisión y conservación de datos personales obedecen a las especificaciones de interoperabilidad que establezca la Comisión Europea y a los criterios de necesidad, proporcionalidad, eficiencia, transparencia y seguridad jurídica invocados en la habilitación normativa (art. 6.f) del RD 1312/2024, amparado en el art. 149.1 de la Constitución), la orden entra en vigor el 1 de julio de 2025 y está firmada en Madrid el 19 de junio de 2025 por Isabel Rodríguez García.
BOE-A-2025-12679