Resumen de norma

BOE-A-2024-6087

Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Se trata de un real decreto que reorganiza la estructura del Ministerio de Cultura para mejorar la gestión de las políticas culturales: define y concentra las competencias del Ministerio (patrimonio histórico, museos y archivos, artes visuales y escénicas, música, libro, cómic y lectura, cine y audiovisual, bibliotecas estatales, promoción de la cultura en español, cooperación cultural y relaciones internacionales en materia de cultura), fija objetivos estratégicos (garantizar los derechos culturales, fomentar la creación y las industrias culturales, proteger la diversidad territorial y cultural, avanzar en igualdad de género y sostenibilidad, y afrontar retos tecnológicos como la inteligencia artificial) y crea y adapta órganos para ello (entre ellos la Dirección General de Derechos Culturales con sus subdirecciones de Promoción y Acceso y de Cooperación con las comunidades autónomas; la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes con varias subdirecciones especializadas; la Dirección General de Artes Escénicas y Música; la Subdirección General de Artes Visuales y Creación Contemporánea; y un Centro de Coordinación de Industrias Culturales dependiente de la Subsecretaría), mantiene y adscribe a su ámbito organismos como el Museo del Prado, el Reina Sofía, la Biblioteca Nacional, el INAEM y el ICAA, regula la estructura superior (Secretaría de Estado de Cultura, Subsecretaría, Secretaría General Técnica), establece reglas de suplencia, delegaciones y celebración de convenios, prevé colaboración con el Ministerio de Educación para la gestión de infraestructuras culturales en centros docentes, introduce excepciones a la reserva funcionarial para perfiles muy especializados (como la Dirección General de Derechos Culturales), incluye disposiciones transitorias sobre plazas y procedimientos hasta la adaptación de las relaciones de puestos, autoriza al/la Ministro/a a dictar las normas de desarrollo y a modificar o suprimir órganos colegiados ministeriales, deroga las normas que se opongan y entra en vigor el mismo día de su publicación en el BOE (aprobado por el Consejo de Ministros el 26 de marzo de 2024). NO ES UNA NUEVA LEY; MODIFICA O DEROGA NORMAS EXISTENTES: DEROGA REAL DECRETO 509/2020 Y MODIFICA O INCORPORA CAMBIOS EN REAL DECRETO 1009/2023, REAL DECRETO 829/2023 (como antecedente), REAL DECRETO 1573/2007 (Reglamento del Consejo de Cooperación Bibliotecaria), REAL DECRETO 1708/2011 (Sistema Español de Archivos), REAL DECRETO 639/2021 (Comisión Interministerial para el Estatuto del Artista) y REAL DECRETO 206/2024 (disposiciones transitorias), además de hacer referencias y aplicación de preceptos de la LEY 40/2015, la LEY 1/2015, la LEY 27/2014 y la LEY 47/2003.

Consultar el texto consolidado oficial en el BOEIdentificador europeo de legislación (ELI)