Resumen de norma

BOE-A-2024-3795

Real Decreto 209/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

El real decreto reorganiza y actualiza la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 para mejorar la eficacia y la coordinación en políticas de derechos sociales (familias y diversidad, cohesión social, atención a personas dependientes y con discapacidad), protección y bienestar animal, consumo y ordenación del juego, e impulso y seguimiento de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible; establece la Secretaría de Estado de Derechos Sociales (con las Direcciones Generales de Derechos de las Personas con Discapacidad —titular del Real Patronato sobre Discapacidad—, Diversidad Familiar y Servicios Sociales, y Derechos de los Animales), la Secretaría General de Consumo y Juego (con las Direcciones Generales de Consumo y de Ordenación del Juego y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición adscrita orgánicamente), la Dirección General de Agenda 2030 adscrita directamente a la persona titular del Ministerio, y una Subsecretaría con Secretaría General Técnica encargadas de la gestión presupuestaria, recursos humanos, contratación, TIC, transparencia, evaluación, relaciones institucionales y publicaciones; define las funciones concretas de cada dirección (planificación y normativa, cooperación con comunidades autónomas y UE, inspección y procedimientos sancionadores, arbitraje, lucha contra el juego ilegal, protección de consumidores y de animales, apoyo al Tercer Sector y gestión de subvenciones), mantiene vigentes las delegaciones de competencias hasta su revocación o nueva otorgación, regula la suplencia de cargos, suprime determinados órganos de anteriores estructuras y autoriza al ministro a dictar las disposiciones necesarias; fue aprobado el 27 de febrero de 2024 y entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE. MODIFICA NORMATIVA EXISTENTE: MODIFICA EL ARTÍCULO 17.1 DEL REAL DECRETO 1009/2023; DEROGA LOS REALES DECRETOS 452/2020 Y 495/2020 (Y CUALQUIER OTRA DISPOSICIÓN DE IGUAL O INFERIOR RANGO EN CONTRA).

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