El DECRETO‑LEY 3/2024 (publicado el 24 de mayo de 2024 y con efectos desde el 29 de mayo de 2024, aunque DEROGADO con efectos desde el 14 de diciembre de 2024 por la Ley 7/2024, de 11 de diciembre) tenía por objeto, con carácter extraordinario y urgente, simplificar y racionalizar la administración pública de las Illes Balears para reducir cargas administrativas y mejorar la eficiencia y la digitalización; creaba una Comisión y un Grupo de Trabajo para coordinar las actuaciones, exigía un Plan de Digitalización y una guía de simplificación, impulsaba la automatización de procedimientos y la Plataforma de Interoperabilidad (PINBAL) y reforzaba el registro electrónico general y las oficinas de asistencia, y, sectorialmente, introducía medidas concretas para agricultura (regímenes, registros y legalizaciones rurales), mar y aguas (zonas inundables, delegaciones a ayuntamientos y autorizaciones en servidumbres marítimas), educación (financiación y regulación del primer ciclo infantil, comisiones de escolarización y complementos por puestos difíciles), inversiones de interés autonómico e insular (incluyendo centros privados sostenidos con fondos públicos), energías renovables y puntos de recarga (facilitando ubicaciones, tramitación y declaraciones de interés energético), ITV y movilidad (gestión, aparcamientos disuasorios provisionales y refuerzo del Consorcio de Transportes), medio ambiente (supresión de la Comisión de Medio Ambiente y creación de un órgano ambiental unipersonal con competencias reforzadas en evaluación ambiental y AAI), urbanismo (supresión de la cédula de primera ocupación sustituyéndola por la licencia de ocupación/primera utilización, creación de entidades privadas de certificación urbanística acreditadas por ENAC, regularización extraordinaria de edificaciones en suelo rústico y facilidades para equipamientos y centros vinculados a inversiones de interés), salud y servicios sociales (creación de la Historia Social Única interoperable con el sistema sanitario y normas para el intercambio de datos), turismo (condiciones para comercialización en viviendas y exigencias sobre instalaciones y sanciones), medidas en tasas, cofinanciación de inversiones insulares en residuos, régimen transitorio para procedimientos en curso y numerosos ajustes procedimentales (subvenciones, comprobaciones, notificaciones electrónicas y plazos), además de prever disposiciones transitorias, prórrogas y excepciones urgentes para obras deportivas, instalaciones provisionales y regímenes especiales en municipios pequeños; la norma se apoyaba en el Estatuto de Autonomía y la doctrina del Tribunal Constitucional sobre urgencia y proporcionalidad, entró en vigor el 29/05/2024 y fue convalidada por el Parlament, pero quedó derogada por la Ley 7/2024. MODIFICA NUMEROSAS NORMAS, ENTRE OTRAS: Ley 7/2010 (sector público instrumental), Ley 5/2010 (Consejo Consultivo), Ley 1/2019 (Gobierno y participación ciudadana), Ley 10/2019 (cambio climático y transición energética), Ley 3/2019 (agraria), Ley 1/2022 (educación), Ley 12/2017 (urbanismo), Ley 6/1997 (suelo rústico), Ley 10/2005 (puertos), Ley 8/2012 (turismo), Ley 5/1990 (carreteras), Ley 5/2018 (vivienda), Ley 4/2009 (servicios sociales), Ley 11/1998 (tasas), Ley 14/2019 (industria), Ley 4/2013 (coordinación policías locales) y otras disposiciones y decretos mencionados en el texto; si necesita un resumen más breve de las medidas que le afectan personalmente (por ejemplo urbanismo, ayudas, trámites administrativos o requisitos digitales), dígame qué área le interesa y se lo explico en lenguaje sencillo.
BOE-A-2024-16940