NUEVA NORMA (ORDEN MINISTERIAL) — NO MODIFICA LEYES ORGÁNICAS EXISTENTES; DEROGA la Orden INT/282/2019, de 7 de marzo de 2019; APLICA a la Ley Orgánica 5/1985 (LOREG) y a la Ley Orgánica 2/1980 (referéndums). La orden, publicada tras la firma del Ministro del Interior el 1 de marzo de 2023, establece que las mesas electorales previstas en la LOREG (arts. 23 y ss.) estarán integradas por un Presidente y dos Vocales que percibirán una dieta de 70,00 € por jornada electoral, abonable a cada miembro titular aunque en la misma jornada se celebren varios procesos y aunque el cargo se haya desempeñado solo parte de la jornada; los suplentes tendrán derecho a la dieta únicamente si llegan a actuar como titulares. Las referencias a la antigua Orden INT/282/2019 se entenderán hechas a esta orden, el importe podrá actualizarse por nueva orden ministerial y la norma entró en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE; advertencia: la presente orden queda DEROGADA con efectos de 28 de junio de 2026 por la disposición derogatoria única de la Orden INT/650/2026, de 23 de junio de 2026.
BOE-A-2023-5750