Resumen de norma

BOE-A-2023-2941

Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de cambio climático y transición energética de Canarias.

NUEVA LEY (LEY 6/2022) Y DEROGA/MODIFICA: DEROGA/REFORMA PARCIAL DE DISPOSICIONES DE LA LEY 4/2017 (art. 25 y disposición adicional decimoquinta) y DEL DECRETO 35/2019 (Reglamento del Observatorio del Paisaje); ADEMÁS, ESTA LEY HA SIDO POSTERIORMENTE MODIFICADA POR DECRETO‑LEY 5/2024 (y con ajustes recogidos en Decreto‑ley 1/2026). La Ley de Cambio Climático y Transición Energética de Canarias crea un marco legal para alcanzar la neutralidad de carbono y afrontar la vulnerabilidad insular ante el cambio climático, obliga a administraciones, empresas y ciudadanía a reducir emisiones y a adaptar el territorio, y fija principios de transición justa, prevención, participación y transparencia; organiza gobernanza con una Comisión, una Agencia y una Oficina de Acción Climática y crea la Red Canaria de Acción Climática; establece instrumentos obligatorios de planificación (PIECan y PCAC a nivel regional; Planes Insulares —PIAC— y municipales —PACES—), un Registro Canario de Huella de Carbono y mecanismos de seguimiento e indicadores. En materia energética y de edificación promueve la eficiencia (planes de gestión, renovación anual del parque público edificatorio), el impulso del autoconsumo, almacenamiento y renovables, la sustitución progresiva de instalaciones térmicas y la simplificación para proyectos renovables; en movilidad obliga a planes de movilidad sostenible, fomenta transporte público, modos no motorizados, flotas de bajas o nulas emisiones y el despliegue de una red de recarga eléctrica (con plazos fijados en los planes). La ley integra la perspectiva climática en ordenación del territorio, urbanismo, agua, agricultura, pesca, turismo, gestión forestal, residuos y salud; obliga a incluir criterios climáticos en presupuestos y contratación pública (con objetivo orientativo de movilizar hasta el 2 % del PIB en inversión climática) y prevé ayudas, formación, investigación y medidas de empleo para la transición. Establece un régimen sancionador (infracciones leves, graves y muy graves y multas entre 600 € y 600.000 €, además de sanciones accesorias) y disposiciones transitorias y finales (entre ellas entrada en vigor a los tres meses de su publicación).

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