**NO ES UNA NUEVA LEY NI MODIFICA LEYES EXISTENTES; ES UNA NUEVA RESOLUCIÓN DE LA AGENCIA TRIBUTARIA** que reorganiza y distribuye las competencias del área de Recaudación para adaptarlas a la normativa concursal y a los nuevos procedimientos, define los órganos recaudatorios centrales y territoriales, crea el Equipo Nacional de Cobro Internacional, la Unidad de Coordinación de Asistencia e Información Recaudatoria y el Equipo Nacional de Procedimientos Concursales, y refuerza el Equipo de Selección y Análisis de Riesgos; asimismo, regula las funciones del Departamento de Recaudación, las Delegaciones Especiales, las Dependencias Regionales, Administraciones, equipos, grupos y mesas de subastas, incluyendo competencias sobre aplazamientos, embargos, responsabilidades tributarias, sucesores, procedimientos concursales, delitos contra la Hacienda Pública, subastas, garantías y recuperación de ayudas de Estado, así como las reglas de adscripción territorial de los deudores, colaboración entre órganos, sustituciones y transición de expedientes; mantiene la validez de determinadas delegaciones y procedimientos anteriores, incorpora los cambios de las Resoluciones de 5 de febrero de 2024 y 18 de septiembre de 2025, y **DEROGA LAS RESOLUCIONES DE 14 DE JUNIO DE 2022 Y 22 DE ENERO DE 2013**, además de las disposiciones incompatibles, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
BOE-A-2023-12914