**NO ES UNA NUEVA LEY NI MODIFICA LEYES EXISTENTES**; es una resolución organizativa de la AEAT que regula la estructura y distribución de competencias en materia de recaudación, aunque quedó derogada desde el 2 de junio de 2023 por la disposición derogatoria única de la Resolución de 27 de mayo de 2023; consolidaba la gestión desconcentrada y regionalizada, creaba la Oficina Nacional de Investigación Recaudatoria y otros órganos especializados —como los equipos nacionales de litigiosidad, cobro internacional, asistencia e información, aplazamientos y fraccionamientos, embargos y enajenaciones— y organizaba el Departamento de Recaudación, la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, las Dependencias Regionales, Administraciones, Equipos y Grupos de Recaudación, así como las Mesas Nacional y Regionales de Subastas; establecía que, como regla general, la competencia correspondía al órgano del domicilio fiscal del deudor, con posibilidad de actuación en todo el territorio nacional, y detallaba las funciones de Delegados Especiales, Delegados Especiales Adjuntos, titulares de Delegaciones y Administraciones, Inspectores, Técnicos y demás personal recaudador, incluyendo aplazamientos, embargos, responsabilidades, sucesiones, concursos, subastas, delitos contra la Hacienda Pública, devoluciones y recuperación de ayudas de Estado; también regulaba la adscripción y los cambios de órgano competente, la colaboración entre funcionarios, la vigencia de delegaciones anteriores y el régimen transitorio de las subastas, y derogaba expresamente la Resolución de 22 de enero de 2013, que siguió aplicándose hasta el 16 de junio de 2023, entrando la nueva organización en vigor el 17 de junio de 2023.
BOE-A-2022-9983