**NUEVO REAL DECRETO**, en vigor desde el 31 de marzo de 2023, que unifica y actualiza las normas básicas para ordenar la flota pesquera española, gestionar su capacidad y garantizar la sostenibilidad económica, social y ambiental del sector conforme a la Política Pesquera Común de la Unión Europea; regula el Registro General de la Flota Pesquera —incluidos los buques de pesca y auxiliares—, la coordinación entre la Administración estatal y las comunidades autónomas, las altas, bajas, reactivaciones y regularizaciones de buques, la incorporación y compensación de capacidad mediante bajas equivalentes, el control de la potencia de los motores, los cambios definitivos de puerto base y la utilización temporal de otros puertos, así como la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración y el régimen sancionador previsto en la Ley 3/2001. **DEROGA** expresamente los Reales Decretos 1549/2009 y 1035/2017, mantiene determinadas reglas transitorias para expedientes anteriores y atribuye al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la gestión de los buques de aguas exteriores y de Ceuta y Melilla, respetando las competencias autonómicas. **MODIFICA** el Real Decreto 502/2022, al establecer la tramitación electrónica de las licencias y autorizaciones de pesca, y ha sido posteriormente modificado en varios artículos y anexos por los Reales Decretos 935/2025 y 683/2026.
BOE-A-2022-23044