Resumen de norma

BOE-A-2022-13844

Ley 5/2022, de 15 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria.

NUEVA LEY (SUSTITUYE Y DEROGA A LA LEY 2/2001): LEY DE CANTABRIA 5/2022, DE 15 DE JULIO, DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO DE CANTABRIA. MODIFICA: LEY 2/2004 (PLAN DE ORDENACIÓN DEL LITORAL), LEY 17/2006 (CONTROL AMBIENTAL INTEGRADO), LEY 5/2014 (VIVIENDA PROTEGIDA) y la disposición adicional tercera de la LEY DE PATRIMONIO DE CANTABRIA, además de introducir ajustes en otras normas autonómicas y coordinarse con la normativa estatal. Esta norma crea un marco autonómico moderno para planificar, proteger y gestionar el territorio y el urbanismo en Cantabria: define principios de sostenibilidad, protección del suelo como recurso finito, modelo de ciudad compacta, regeneración urbana, igualdad, transparencia y lucha contra el cambio climático; organiza los instrumentos de ordenación (Plan Regional de Ordenación Territorial, Plan de Ordenación del Litoral, Normas Urbanísticas Regionales, Planes Territoriales Parciales y Especiales, Proyectos Singulares de Interés Regional) y exige evaluación ambiental cuando proceda; simplifica y unifica terminología técnica mediante Normas Técnicas de Planeamiento y crea el Registro de Planeamiento y Gestión Urbanística y la figura de la cédula urbanística para que cualquier persona conozca con facilidad el régimen de una finca; clasifica el suelo en urbano, urbanizable y rústico (con protección especial para determinados suelos y recuperación de la figura de núcleos rurales), regula Áreas de Desarrollo Rural para ordenar el crecimiento de pequeños municipios y establece límites y condiciones (parcelas mínimas, permeabilidad, arbolado, eficiencia energética); fija las reglas para el planeamiento municipal (Plan General, Planes Parciales, Planes Especiales, Estudios de Detalle) y sus contenidos mínimos, procedimientos de tramitación, participación pública y plazos; regula la gestión y ejecución (unidades de actuación, reparcelación, normalización de fincas, expropiación, compensación, cooperación y concesión de obra urbanizadora), obligaciones de promotores (cesiones gratuitas, obras de urbanización, garantías) y sistemas para obtener y gestionar suelo público (patrimonio municipal y regional del suelo, reservas y criterios de enajenación o cesión); establece medidas para exigir edificación o rehabilitación en plazos, derechos de realojo y retorno cuando proceda, y reglas para intervenir en el mercado del suelo (registro de edificaciones y solares, régimen de licencias, declaración responsable y comunicación para agilizar trámites); tipifica disciplina e infracciones urbanísticas con sanciones proporcionales y procedimientos con plazos de prescripción claros; crea órganos de coordinación y control (Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo, Consejo de Ordenación y Comisión de Coordinación Intersectorial) y prevé convenios, consorcios, sociedades y entidades de gestión y conservación para ejecutar actuaciones; incorpora transitoriedad para adaptar planes en tramitación, regula aspectos especiales (proyectos singulares de interés regional, régimen en litoral, actuaciones en suelo rústico, régimen de campings, redes energéticas, canon sobre renovables) y dispone la vigencia, revisión y modificación del planeamiento; en resumen, pretende ofrecer seguridad jurídica, transparencia y herramientas técnicas y administrativas para compatibilizar desarrollo económico, vivienda y conservación ambiental en Cantabria, agilizando procedimientos cuando sea posible y garantizando protección del interés general.

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