MODIFICA LEYES EXISTENTES: Ley 2/2016; Decreto 35/2016; Ley 2/2020; Decreto-ley 10/2020; Ley 4/2009; Ley 10/2019; Ley 7/1998; Ley 5/2005 (LECO) y normas tributarias autonómicas (texto refundido de tributos cedidos). Ante la persistente emergencia sanitaria por la COVID-19 y su impacto especialmente en el turismo, este decreto-ley urgente (Decreto-ley 1/2021) suprime excepcionalmente para 2021 el ingreso a cuenta previsto para los sujetos pasivos sustitutos en el régimen de estimación objetiva del impuesto sobre estancias turísticas, permite a esos sustitutos optar temporalmente por el régimen de estimación directa (o, si renunciaron antes de 2021, revocar esa renuncia hasta el 31 de marzo de 2021), y habilita a la Conselleria de Hacienda a reducir, en el primer trimestre de 2021 (y, si procede, en 2022 respecto a 2021), los signos, índices o módulos del régimen objetivo; además, aplica hasta el 31/12/2021 una reducción extraordinaria del 95% de los tipos de AJD para escrituras notariales que modifiquen garantías hipotecarias de préstamos empresariales avalados por ICO o ISBA, SGR; incorpora medidas administrativas urgentes (ajustes en la Ley 2/2020 sobre selección en programas del SOIB, guardias del Servei de Salut, elevación del umbral para justificar gastos mediante declaración responsable de 3.000 a 6.000 euros y fomento del desarrollo económico municipal e insular), reintroduce el procedimiento simplificado para modificaciones puntuales de planes de uso de espacios naturales y Natura 2000 en la LECO, establece un régimen transitorio en el Decreto-ley 10/2020 para agilizar el pago de la renta social garantizada en 2021 con comprobación posterior y posible reintegro, modifica el Plan de Financiación de los Servicios Sociales (Ley 4/2009) para agilizar aportes, limita cargas adicionales a inversiones en renovables (Ley 10/2019) salvo algunas prestaciones compensatorias, y introduce ajustes puntuales en la ordenación farmacéutica (Ley 7/1998) sobre traslado y cierre de oficinas; el decreto-ley consta de varios artículos, una disposición derogatoria y disposiciones finales, entra en vigor desde su publicación en el BOIB y fue convalidado por el Parlamento el 25 de febrero de 2021.
BOE-A-2021-4805