Se aprueba una nueva Ley Foral de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Foral de Navarra, con 71 artículos agrupados en 3 títulos, una disposición derogatoria y dos finales, cuyo propósito principal es reestructurar las tasas por materias (en lugar de por departamentos) para evitar desajustes ante cambios administrativos y aclarar su aplicación; regula tasas y precios públicos (objeto, sujetos pasivos, devengo, gestión por los departamentos u organismos, principio de legalidad y exigencia de que las cuotas no superen el coste real salvo razones sociales), establece que las tasas se devengan al presentar la solicitud o al prestarse el servicio y prevé exenciones (p. ej. para administraciones públicas), devoluciones si el servicio no se presta por causas no imputables y obligaciones de autoliquidación y recaudación; entre las novedades más relevantes concentra y simplifica tarifas (unificación de tipos de títulos y certificados), suprime la tarifa 5 en derechos de examen y modifica la exención para personas demandantes de empleo, crea una tarifa nueva de 18 € para la “prueba de madurez” de acceso a ciclos de artes, actualiza la regulación de cartografía adaptándola a impresión por plotter bajo demanda y suprimiendo la mayoría de tasas por ediciones en imprenta, incorpora tasas medioambientales nuevas (régimen de autorización ambiental integrada y gestión de estiércoles, cuyo devengo nace al tramitar los procedimientos iniciados por titulares o de oficio) y mantiene reglas específicas por sectores (sanidad, agricultura, transporte, justicia, vivienda, industria, registros, espectáculos, juego, tráfico y otros) con sus exenciones, bonificaciones y mecanismos de cálculo y reducción; la tramitación reglamentaria corresponde al Gobierno para su desarrollo. NUEVA LEY FORAL (DEROGA LA LEY FORAL 7/2001) Y ADEMÁS INCORPORA O ACTUALIZA DISPOSICIONES RELACIONADAS CON LAS LEYES FORALES 19/2021, 36/2022, 22/2023, 20/2024 Y 17/2025.
BOE-A-2021-3492