Resumen de norma

BOE-A-2021-21651

Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

MODIFICA: Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (RDL 5/2015) — nueva redacción del art. 10, incorporación de un nuevo apartado 3 al art. 11 y creación de la disposición adicional decimoséptima; además da rango legal y desarrolla medidas del Real Decreto‑ley 14/2021 y afecta la ejecución de procesos previstos en las Leyes 3/2017 y 6/2018 (con referencias aplicables a la Ley 7/1985 y la Ley 14/2011). La norma busca reducir la elevada temporalidad en las Administraciones (objetivo por debajo del 8 %) y armonizarse con la jurisprudencia europea; limita y acota las causas de interinidad (vacantes: máximo 3 años salvo convocatoria publicada y no resuelta; sustituciones por el tiempo estrictamente necesario; programas temporales: 3 años, ampliable 12 meses por norma autonómica; exceso/acu mulación de tareas: 9 meses en 18), exige que los nombramientos interinos sean públicos y ágiles sin generar expectativa de carrera, y aplica en lo compatible el régimen general de funcionarios salvo los derechos inherentes a la condición de funcionario de carrera. Establece principios de publicidad, igualdad, mérito, capacidad y celeridad también para la selección de personal laboral temporal, declara la nulidad de pleno derecho de actos que incumplan los límites temporales y prevé responsabilidades administrativas; fija una compensación para ceses por exceso de temporalidad de 20 días por año trabajado prorrateada hasta 12 mensualidades (con matices para laborales y exclusiones por sanción o renuncia). Autoriza un proceso adicional de estabilización para plazas estructurales ocupadas ininterrumpidamente al menos 3 años antes del 31/12/2020, por concurso‑oposición con fase de concurso ponderada al 40 %, con plazos concretos para ofertas, convocatorias y resolución (ofertas antes del 01/06/2022, convocatorias antes del 31/12/2022, finalización antes del 31/12/2024) y la posibilidad de aplicar el sistema de concurso del art. 26.4 de la Ley 14/2011; extiende reglas y adaptaciones al ámbito local, foral y a sociedades/entidades públicas, prevé informes anuales del Ministerio de Hacienda, medidas de agilización de procesos y obligaciones de inclusión de plazas en las ofertas de empleo, y establece que el artículo 1 se aplicará solo al personal nombrado/contratado tras la entrada en vigor, la cual será el día siguiente a su publicación en el BOE (promulgada en Madrid el 28/12/2021).

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