NUEVA LEY: Se aprueba la Ley de Servicios Sociales de la Región de Murcia, que DEROGA EXPRESAMENTE LA LEY 3/2003, de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia, y las normas de igual o inferior rango que le sean contrarias. Esta norma crea un sistema público, universal y próximo para garantizar derechos sociales: reconoce prestaciones como derechos subjetivos exigibles mediante un Catálogo de Prestaciones (con prestaciones garantizadas y condicionadas), garantiza acceso y protección a residentes y a personas en situación de urgencia, y establece la Historia Social Única y el Programa Individual de Atención Social para cada persona, con asignación de un profesional de referencia. Organiza el sistema territorialmente en Áreas, Zonas Básicas y Unidades Básicas, con dos niveles de atención (Atención Primaria y Atención Especializada) y regula la coordinación (Consejo de Coordinación Territorial, conexión con salud, educación, empleo y otros sistemas) y un Sistema de Información integrado. Regula la participación ciudadana e institucional (Consejo Regional, consejos locales, Mesa del Tercer Sector), fomenta la iniciativa social, el voluntariado y la colaboración con entidades privadas mediante conciertos y convenios, y exige registro, autorización y acreditación de centros; establece inspección, régimen sancionador (infracciones leves, graves y muy graves) y mecanismos para garantizar calidad, ética, formación, investigación e innovación. Define principios de financiación (universalidad, equidad, progresividad), fuentes (presupuestos regionales y locales, Estado/UE, aportaciones de usuarios cuando proceda) y reglas de cofinanciación con las entidades locales (con porcentajes transitorios y garantías de prestación mínima), fija el Plan Regional, el Mapa de Servicios Sociales y plazos de desarrollo reglamentario (con calendarios en 1, 2 y hasta 4 años) y contiene disposiciones transitorias para la implantación progresiva.
BOE-A-2021-21315