**NO ES UNA NUEVA LEY; ES UNA ORDEN QUE DESARROLLA EL ARTÍCULO 33 DEL REAL DECRETO 203/2021 Y DEROGA EXPRESAMENTE LAS ÓRDENES HAP/1637/2012 Y HFP/633/2017**, además de las normas de igual o inferior rango que se opongan a ella. La norma regula el Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado (REA-AGE), aplicable a la Administración General del Estado y a sus organismos y entidades dependientes que no tengan registro propio, y permite acreditar gratuitamente la representación mediante poderes otorgados presencial o electrónicamente. Establece los órganos responsables, el funcionamiento del registro y los procedimientos para inscribir, aceptar, revocar, renunciar y prorrogar apoderamientos, así como los modelos oficiales correspondientes. Los poderes pueden ser generales ante cualquier Administración, generales ante la Administración General del Estado o específicos para determinados trámites y órganos; solo producen efectos cuando son aceptados e inscritos, tienen una duración máxima de cinco años y pueden prorrogarse por periodos de hasta cinco años. La orden también regula la comprobación de la identidad y la documentación, el bastanteo de poderes, la consulta segura por las Administraciones, la protección de datos, la interoperabilidad con otros registros y la actuación de personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, y dispone que los formularios se publiquen en el Punto de Acceso General; entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
BOE-A-2021-20479