MODIFICA LEYES EXISTENTES: Ley 27/2014 (Impuesto sobre Sociedades), Texto Refundido Ley IRNR (RDL 5/2004), Ley 35/2006 (IRPF), Ley 29/1987 (Sucesiones y Donaciones), Ley 19/1991 (Patrimonio), Texto Refundido ITP/AJD (RDL 1/1993), Ley 37/1992 (IVA), Ley 38/1992 (Impuestos Especiales), Ley Orgánica 12/1995 (represión del contrabando), Ley 29/1998, Ley 58/2003 (Ley General Tributaria), Texto Refundido Catastro, RDL 2/2004 (Haciendas Locales), Ley 36/2006, Ley 13/2011 (juego), Ley 7/2012 (limitación pagos en efectivo), Ley del Notariado, Ley 11/2009 (SOCIMI), Ley 19/1994 y otras normas conexas. Esta norma tiene por objetivo mejorar la lucha contra el fraude y la transparencia fiscal: transpone partes de la Directiva anti‑elusión (ATAD) e introduce reglas de transparencia internacional y normas tipo CFC para imputar rentas controladas en el extranjero, regula el impuesto de salida con posibilidades de fraccionamiento cuando hay traslado dentro de la UE/EEE, endurece requisitos de SICAV y SOCIMI y su información, condiciona incentivos a producciones cinematográficas a requisitos culturales y de promoción, obliga a representantes a no residentes en supuestos concretos y refuerza obligaciones informativas (incluidas criptomonedas y operaciones de plataformas/custodios), amplía la responsabilidad de quien actúa por cuenta del importador y de titulares de depósitos y regula responsabilidades en regímenes de grupo de IVA; además limita los pagos en efectivo a 1.000 € (10.000 € si el pagador es particular sin domicilio fiscal en España), eleva controles y sanciones (con nuevas graduaciones y reducciones aplicables), impone requisitos de integridad, trazabilidad y conservación para sistemas contables informáticos y sanciona programas que faciliten manipulaciones, sustituye el concepto de “paraíso fiscal” por “jurisdicciones no cooperativas” con lista dinámica, refuerza controles catastrales y da preferencia al valor de referencia catastral para inmuebles, armoniza valoración y base imponible en transmisiones, sucesiones y ITP/AJD, regula la tributación de transmisiones de valores cuando se pretenda eludir impuestos inmobiliarios, endurece el régimen sancionador y control en impuestos especiales (incluido tabaco crudo con registro, documentos de circulación y sanciones), declara prohibida la tenencia/venta de maquinaria de fabricación de tabaco salvo operadores autorizados, prevé publicación de grandes deudores (umbral 600.000 €), limita medidas extraordinarias de “regularización”, establece plazos máximos y reglas sobre recargos e intereses, introduce facultades procesales de control con autorización judicial para entradas en domicilios protegidos, refuerza cooperación entre administraciones (incluida AEAT y regulador del juego) y encomienda desarrollos reglamentarios; la entrada en vigor y varios efectos son escalonados y hay disposiciones transitorias para adaptaciones y contratos anteriores.
BOE-A-2021-11473