NUEVA LEY: esta norma autonómica regula de forma integral la ordenación, protección y gestión del litoral de Cataluña (ámbito: dominio público marítimo‑terrestre y una franja mínima de influencia de 1.000 m tierra adentro), creando como instrumentos básicos el Plan de protección y ordenación del litoral (de vigencia indefinida, con actualización mínima cada 10 años) y los planes de uso del litoral y de las playas a escala municipal (vigencia 5 años, prorrogables), e incorpora zonificación de tramos de playa (urbanos, seminaturales, naturales y de especial protección), límites de capacidad de carga, criterios de seguridad y accesibilidad, medidas de adaptación al cambio climático y recuperación de geomorfología y ecosistemas, reglas sobre autorizaciones, concesiones y régimen de servidumbres (incluyendo declaración responsable para actuaciones de bajo impacto), simplificación administrativa y transferencia de competencias a los ayuntamientos para la gestión de servicios de temporada, creación de un Registro público de concesiones, mecanismos de participación (Consejo Rector del Plan y consejos rectores municipales), la Comisión de Ordenación del Litoral con funciones resolutivas y consultivas, régimen económico que establece un canon del 3% sobre los beneficios netos de las explotaciones concesionales (destinado a conservación y recuperación del litoral) además de tasas y precios públicos municipales, potestades de inspección y de tutela administrativa, medidas de protección en situaciones de fuerza mayor, la creación del Conservatorio del Litoral y disposiciones transitorias para garantizar la continuidad de expedientes y planes vigentes hasta la aprobación del nuevo Plan; la ley autoriza el desarrollo reglamentario y entra en vigor un mes después de su publicación. DEROGA/MODIFICA: DEROGA expresamente la disposición adicional sexta y la disposición final segunda de la Ley 3/2012 (modificatoria del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010) y el Decreto 55/1992, y asimismo prevalece sobre cualquier otra norma que le sea contraria; además, partes de sus artículos han sido objeto de posteriores modificaciones por la Ley 2/2021, de 29 de diciembre, y la Ley 3/2023 (indícanse dichas modificaciones en el texto).
BOE-A-2020-9553