NUEVA NORMA (DECRETO‑LEY). AFECTA: Decreto 64/2019 (incide en el régimen de solicitudes en lo previsto por este Decreto‑ley). Ante la emergencia del COVID‑19 y la suspensión de la enseñanza presencial, el Decreto‑ley aprobado por el Govern el 8 de mayo de 2020 establece medidas temporales para garantizar la continuidad educativa en la preparación, inicio y desarrollo del curso 2020‑2021 y hasta la finalización de los procedimientos administrativos: prioriza la tramitación telemática de los procesos de adscripción y admisión (infantil, primaria, ESO, bachillerato, educación especial y ciclos formativos de FP), fijando la solicitud por la plataforma administrativa de la CAIB y la aplicación GESTIB con autenticación (Cl@ve, usuario GESTIB/CAIB o DNI/NIE/pasaporte con móvil); exige declaración responsable sobre el consentimiento del otro progenitor cuando proceda, regula el envío automático de solicitudes a los centros y las consecuencias de presentar solicitudes múltiples (posible adjudicación de oficio o pérdida de prioridad), limita la documentación presencial solo cuando la Administración no pueda consultarla telemáticamente, atribuye excepcionalmente la supervisión de las comisiones de escolarización al Departamento de Inspección Educativa (manteniendo la Comisión de Garantías en FP), publica resultados y reclamaciones preferentemente por vía electrónica y prevé medidas de ayuda para quienes no dispongan de medios electrónicos (sin exonerar la responsabilidad de los solicitantes); además obliga al personal docente no universitario y a las personas candidatas a relacionarse electrónicamente con la Consejería en selección, provisión y demás trámites administrativos y obliga a la Consejería a facilitar los medios necesarios; establece simplificaciones administrativas, posibilidad de adelantar trámites para evitar aglomeraciones y un régimen sancionador vinculado al régimen general de responsabilidad (Decreto 64/2019); se ampara en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía (y artículos 30.1 y 36), es una medida provisional de urgencia sujeta a ratificación parlamentaria, habilita al consejero para su desarrollo reglamentario y entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (Palma, 8 de mayo de 2020; Presidenta Francesca Lluch Armengol i Socias; Consejero Martí X. March i Cerdà).
BOE-A-2020-8010