Resumen de norma

BOE-A-2020-8009

Decreto-ley 6/2020, de 1 de abril, por el que se establecen medidas sociales urgentes para paliar los efectos de la situación creada por el COVID-19 y de fomento de la investigación sanitaria.

MODIFICA NORMAS EXISTENTES: Decreto-ley 4/2020 (se introducen y matizan modificaciones y se deroga su disposición final primera que había modificado la Ley 12/2018) y se deja sin efecto además el apartado 1 del punto III del anexo 1 del Acuerdo del Consell de Govern de 13 de marzo de 2020. Este decreto-ley, aprobado el 1 de abril de 2020 por la Generalitat y en vigor desde su publicación (art. 1 con efectos desde el 16 de marzo), establece medidas urgentes por la crisis del COVID-19: obliga a mantener los servicios sociales esenciales (residencias, viviendas supervisadas, tutela de incapaces, ayudas económicas, atención a víctimas de violencia de género, etc.) y permite suspender la actividad presencial del resto de servicios prestándolos de forma no presencial cuando sea posible; autoriza a que el personal de estancias diurnas se destine a la atención residencial; mantiene los conciertos sociales y adapta la facturación y pago de las entidades concertadas, permitiendo la prestación excepcional de otros servicios conforme a la Orden SND/295/2020; articula medidas extraordinarias para agilizar la contratación o nombramiento inmediato de personal necesario en servicios esenciales mediante procedimientos extraordinarios; acelera la tramitación y el pago de las ayudas al alquiler (con comprobaciones posteriores y posibilidad de pago prorrateado y gestión telemática); faculta a la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de las Illes Balears a realizar aportaciones económicas inmediatas para proyectos de investigación COVID-19 con pago anticipado y comprobaciones posteriores; permite celebrar por videoconferencia las sesiones de órganos de las administraciones y organismos públicos durante el estado de alarma; y regula cuestiones temporales sobre gestión de residuos sanitarios y excepciones a determinados informes preceptivos (referencias a Ley 40/2015, Ley 4/2011 y Decreto 75/2004). Nota: el artículo 3 (sobre gestión de la renta social garantizada) fue DEROGADO posteriormente por el Decreto-ley 10/2020, de 12 de junio de 2020.

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