El Consejo de Ministros aprobó el 15 de diciembre de 2020 el Plan Estatal General de Emergencias de Protección Civil (PLEGEM), un instrumento operativo previsto por la Ley 17/2015 que organiza cómo el Estado apoya y coordina a las comunidades autónomas y corporaciones locales en emergencias multirriesgo, inespecíficas o de baja probabilidad y alto impacto que los planes ordinarios no cubren; establece órganos (Ministerio del Interior como Dirección, Dirección General de Protección Civil y Emergencias, CENEM, CECOD, Unidad Militar de Emergencias, comités territoriales), fases (alerta/seguimiento, preemergencia, emergencia de interés nacional, apoyo a otros sistemas y recuperación) y situaciones operativas (1, 2, 3 y E), regula la movilización de medios y capacidades mediante el Mecanismo Nacional de Respuesta y módulos certificados, fija medidas de protección a la población (información, confinamiento, alejamiento, evacuación, albergue y atención a vulnerables), garantiza redes de información y comunicaciones (RAN, RENAIN, SIRDEE, REMER) e interoperabilidad, integra planes estatales y territoriales como anexos, contempla la participación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Fuerzas Armadas, Cruz Roja y voluntariado, y obliga a formación, ejercicios, revisión y evaluación tras activaciones para mejorar la respuesta; el acuerdo incorpora además un catálogo de planes estatales específicos (nuclear, incendios forestales, inundaciones, químico, volcánico, radiológico, maremotos, etc.) y detalla procedimientos de cooperación internacional y de financiación. NO ES UNA NUEVA LEY Y NO MODIFICA LEYES EXISTENTES; SE APRUEBA COMO PLAN EN APLICACIÓN DE LA LEY 17/2015 Y DESARROLLA PREVISIONES CONTEMPLADAS EN LA NORMA BÁSICA DE PROTECCIÓN CIVIL Y OTRAS NORMAS RELACIONADAS (p. ej. Ley Orgánica 4/1981, Ley 36/2015 de Seguridad Nacional, Real Decreto 1097/2011, entre otras mencionadas).
BOE-A-2020-16349