MODIFICA NORMAS EXISTENTES: REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN; REGLAMENTO GENERAL DE VEHÍCULOS. El real decreto adapta la normativa urbana para favorecer un uso compartido de la vía y reducir la siniestralidad, justificando la medida con datos sobre mortalidad urbana y la eficacia de reducir la velocidad; por ello rebaja los límites genéricos en vía urbana (20 km/h en plataforma única, 30 km/h en calles de un único carril por sentido y 50 km/h en vías con dos o más carriles por sentido, con 80 km/h en autopistas/autovías dentro de poblado y reglas específicas para travesías), permite a los ayuntamientos ajustar los límites y adoptar medidas de calmado y señala que las infracciones por exceso de velocidad serán graves o muy graves según el caso; define y regula por primera vez a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) como vehículos eléctricos de plaza única (velocidad de diseño 6–25 km/h), prohíbe su circulación por aceras, zonas peatonales, travesías, vías interurbanas, autopistas/autovías dentro de poblado y túneles urbanos, y obliga a que los VMP dispongan de un “Certificado para la circulación” expedido por terceros competentes y de marca de identificación conforme a un Manual de características técnico elaborado por la Jefatura Central de Tráfico (publicado en el BOE y la web de la DGT); se clarifican exenciones administrativas para bicicletas de pedaleo asistido y ciclos, se actualizan definiciones y categorías en anexos (cuatriciclos, ciclos de motor, bicicletas asistidas, exclusiones de vehículo a motor), se fijan trámites de matriculación y registro, se permite la comunicación municipal de VMP y bicicletas registradas al Registro de Vehículos de la Jefatura Central, y se establecen plazos de entrada en vigor (real decreto: 2 de enero de 2021; modificación del art. 50: seis meses tras publicación; obligación de certificado e identificación para VMP: 24 meses desde la publicación del Manual), con derogación de normas contradictorias; la norma siguió consulta pública y fue informada por el Consejo Superior de Tráfico.
BOE-A-2020-13969