Resumen de norma

BOE-A-2018-3001

Ley 2/2018, de 14 de febrero, de coordinación intersectorial y de simplificación de los procedimientos urbanísticos y de ordenación del territorio de Extremadura.

ES UNA NUEVA LEY que establece en Extremadura un sistema voluntario para coordinar y agilizar la tramitación de los planes urbanísticos y territoriales, especialmente los planes generales municipales, sus revisiones y modificaciones estructurales y los planes territoriales. Para ello, crea la Comisión de Coordinación Intersectorial, que centraliza la documentación, coordina a las administraciones, resuelve discrepancias y solicita los informes sectoriales, que deberán emitirse, con carácter general, en un plazo máximo de tres meses; la declaración ambiental estratégica tendrá un plazo máximo de cuatro meses. La norma también impulsa la tramitación electrónica, reduce cargas administrativas, regula la participación pública y permite determinados usos económicos en edificios existentes fuera de ordenación cuando sean compatibles con el planeamiento, aunque puedan quedar sujetos a demolición sin indemnización. Asimismo, MODIFICA LAS SIGUIENTES LEYES: la Ley 15/2001, de Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura; la Ley de Carreteras de Extremadura; la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura; la Ley Agraria de Extremadura; y la Ley de Protección Ambiental de Extremadura, reforzando, entre otras cuestiones, la vivienda protegida, la protección de carreteras, patrimonio, regadíos, caminos, vías pecuarias, montes y terrenos forestales, así como la evaluación ambiental. Los procedimientos cuya aprobación inicial se hubiera producido antes de su entrada en vigor seguirán sujetos a la normativa anterior, salvo que el promotor opte por el nuevo sistema cuando aún esté abierto el periodo de información pública; la ley se desarrollará reglamentariamente, deroga las disposiciones incompatibles y entra en vigor tres meses después de su publicación. La modificación introducida por el Decreto-ley 2/2025 quedó sin efecto al no ser convalidada.

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