**NUEVA NORMA: REAL DECRETO 1338/2018, DE 29 DE OCTUBRE**, que establece las reglas básicas para gestionar el potencial vitícola y autorizar nuevas plantaciones, replantaciones y conversiones de antiguos derechos de plantación de viñedo destinado a producir uva para vino, salvo en Canarias; fija la superficie anual disponible, los requisitos y prioridades —con preferencia para jóvenes viticultores y pequeñas y medianas explotaciones—, los límites y restricciones en zonas con denominación de origen protegida, los procedimientos de solicitud, concesión, modificación, transmisión y control de las autorizaciones, las obligaciones de arranque y las sanciones por plantaciones ilegales o incumplimientos, regula el Registro Vitícola, las variedades de uva y portainjertos autorizados, las declaraciones y comunicaciones administrativas, y mantiene transitoriamente determinadas normas anteriores; **DEROGA EL REAL DECRETO 772/2017 Y EL ARTÍCULO 34.7 DEL REAL DECRETO 5/2018**, y **HA SIDO MODIFICADO POR LOS REALES DECRETOS 536/2019, 558/2020, 201/2021, 111/2022, 32/2023, 660/2024, 1308/2024, 683/2025 Y 168/2025**; la norma se apoya en la competencia estatal de planificación económica, se tramita conforme a la normativa europea y a la Ley 39/2015, y su incumplimiento puede dar lugar a las sanciones previstas en la Ley 24/2003.
BOE-A-2018-14803