**NUEVA LEY** valenciana de fomento del mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional, que incorpora la corrección de errores publicada en el DOGV núm. 8420, de 9 de noviembre de 2018, y **MODIFICA** la normativa autonómica sobre tributos cedidos, especialmente las deducciones del IRPF, además de suprimir el artículo 7 sobre sucesión intestada en favor de la Generalitat, supresión establecida por el Decreto-ley 14/2025 y confirmada por la Ley 3/2026, y recoger la modificación del apartado 5 sobre declaración de interés social efectuada por la Ley 5/2026; la norma sustituye y deroga la Ley 9/2014, salvo sus artículos 30 y 31, y deroga las disposiciones de igual o inferior rango que se le opongan. Su finalidad es impulsar la participación y responsabilidad social mediante donaciones de dinero, bienes o derechos, préstamos de uso y micromecenazgo para proyectos culturales, científicos y deportivos no profesionales, así como reconocer a sus beneficiarios —entidades sin ánimo de lucro, administraciones, universidades, centros de investigación, empresas culturales, profesionales, museos y archivos, entre otros— y regular la declaración de interés social, que permite aplicar incentivos fiscales y debe valorar el impacto social, territorial, cultural, científico, deportivo, innovador, formativo, sostenible y accesible de los proyectos. Para gestionar y promover estas actuaciones crea el Consell Assessor del Mecenatge y la Oficina del Mecenatge, encargados de asesorar, difundir proyectos, garantizar la transparencia y coordinar la actividad administrativa, y prevé campañas de promoción, planes de mecenazgo y la distinción anual Pere Maria Orts i Bosch; establece deducciones autonómicas del 25 % en el IRPF por determinadas donaciones y comodatos vinculados al patrimonio cultural valenciano, la lengua valenciana y proyectos declarados o considerados de interés social, con límites y requisitos de acreditación, y otros beneficios en los impuestos sobre sucesiones y donaciones y sobre el patrimonio, compatibles con los estatales. La ley no regula el mecenazgo social o medioambiental, habilita al Consell para desarrollarla reglamentariamente en seis meses, entró en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGV y fue promulgada en València el 25 de julio de 2018.
BOE-A-2018-12519