Resumen de norma

BOE-A-2017-5118

Ley 8/2017, de 7 de abril, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat Valenciana.

NUEVA LEY: la Ley 8/2017, de la Generalitat Valenciana, sobre el derecho a la identidad y la expresión de género, corregida por el DOGV núm. 8059, de 9 de junio de 2017, reconoce la autodeterminación de género y garantiza a las personas trans, especialmente a menores y a quienes estén en situación de vulnerabilidad, la igualdad, la no discriminación, la privacidad, el libre desarrollo de la personalidad y una atención integral en la Comunitat Valenciana, sin exigir informes médicos o psicológicos; establece medidas de apoyo, asesoramiento y protección en sanidad, educación, empleo, servicios sociales, familia, juventud, mayores, cultura, deporte, seguridad y administración pública, prohíbe las terapias destinadas a modificar la identidad o expresión de género y las conductas discriminatorias, regula la actualización de documentos autonómicos, crea servicios de orientación y el Consejo Consultivo, prevé atención sanitaria —incluidos tratamientos hormonales, quirúrgicos y de reproducción asistida conforme al consentimiento informado y a la valoración profesional—, protocolos educativos y laborales, protección frente a la violencia y delitos de odio, y un régimen de infracciones y sanciones conforme a la Ley estatal 4/2023, con multas de hasta 45.000 euros; no regula el cambio registral de sexo o nombre, que corresponde al Estado. MODIFICA LA LEY EXISTENTE: la Ley 5/2025, de 30 de mayo, modificó diversos artículos de la Ley 8/2017, algunos de cuyos cambios están suspendidos cautelarmente por el Tribunal Constitucional mediante el Auto 45/2026.

Consultar el texto consolidado oficial en el BOEIdentificador europeo de legislación (ELI)