NUEVA LEY: La Ley 16/2015, de 21 de julio, aprobada por el Parlamento de Cataluña, tiene por objeto facilitar y agilizar el ejercicio de la actividad económica por parte de ciudadanos, empresas y profesionales mediante la simplificación administrativa y la mínima intervención posible, reconociendo este principio como derecho del administrado; establece la prioridad del uso de la declaración responsable y la comunicación previa para actividades inocuas o de bajo riesgo (definidas en anexos), traslada el control a comprobaciones posteriores, crea la ventanilla única empresarial y un portal electrónico con carpeta única para empresas, fija planes anuales de inspección y un régimen sancionador para incumplimientos, promueve mecanismos alternativos (códigos de buenas prácticas, seguros de responsabilidad, colaboración público‑privada), prevé instrumentos para la reconversión industrial y crea la Comisión para la Facilitación de la Actividad Económica con consejo asesor; además ordena adaptaciones sectoriales (urbanismo, prevención de incendios, forestal, almacenaje de biomasa, etc.), introduce cambios en el régimen local (posibilidad excepcional de suspender temporalmente servicios no mínimos por insuficiencia de recursos, requisitos para alteraciones de términos, gestión patrimonial y modalidades de gestión de servicios) y contiene disposiciones transitorias, derogatorias y anexos. MODIFICA: Ley 26/2010; Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local (Decreto legislativo 2/2003); Ley 20/2009; Ley 3/2010; Texto refundido de la Ley de Urbanismo (Decreto legislativo 1/2010); Ley 6/1988 (forestal) y otras normas con rango de ley. NOTA: algunos artículos, títulos y anexos de esta ley fueron posteriormente modificados o derogadas por leyes posteriores (entre ellas la Ley 5/2017 y la Ley 18/2020).
BOE-A-2015-9208