Resumen de norma

BOE-A-2015-4102

Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.

**NUEVA LEY:** la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, con la corrección de errores publicada en el DOE n.º 94, de 19 de mayo de 2015, establece un marco integral para los sectores agrario, agroalimentario y forestal de Extremadura, adaptado a la normativa europea y estatal, para mejorar su competitividad, sostenibilidad y calidad, proteger la sanidad animal y vegetal, impulsar el desarrollo rural, favorecer el relevo generacional y la participación de jóvenes y mujeres, promover la innovación y simplificar la normativa autonómica; regula las explotaciones agrarias y su registro, las producciones agrícolas y ganaderas, los recursos genéticos, los seguros agrarios, la calidad agroalimentaria y sus distintivos —incluidas denominaciones de origen, indicaciones geográficas, producción ecológica, integrada y artesanía alimentaria—, los regadíos y su inventario, la concentración parcelaria y el Fondo de Tierras, los caminos públicos y las vías pecuarias, los montes y aprovechamientos forestales, la prevención y restauración frente a incendios, los órganos consultivos agrarios y agroalimentarios, la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y un régimen sancionador específico; asimismo, prevé destinar el 25 % de los presupuestos autonómicos a estos sectores y al medio natural, **MODIFICA LA LEY 5/2004, DE 24 DE JUNIO, DE PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA LOS INCENDIOS FORESTALES EN EXTREMADURA**, al establecer la vinculación de los instrumentos de planificación y nuevos criterios sancionadores, y deroga la normativa autonómica anterior que se oponga a ella, incluidas diversas disposiciones sobre mercados, dehesa, regadíos, producción agraria y ecológica, explotaciones, caminos, incendios forestales y órganos consultivos.

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