NUEVA LEY ORGÁNICA (REFORMA DEL CÓDIGO PENAL) QUE MODIFICA: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre (CÓDIGO PENAL) —incluyendo la derogación del Libro III (faltas) y la introducción de numerosos artículos nuevos—; Ley Orgánica 5/1995, del Tribunal del Jurado (supresión y renumeración de un inciso); la Ley de Enjuiciamiento Criminal (adaptación del Libro VI para los juicios por delitos leves y reglas procesales conexas); la Ley 23/2014 (ejecución en España de decomisos dictados por terceros Estados); la Ley de 18 de junio de 1870 (informes semestrales de indultos); y adapta e incorpora varias directivas y una decisión marco de la Unión Europea (entre ellas las relativas a ciberdelitos, protección de menores, trata, decomiso y lucha contra el racismo); en conjunto la norma moderniza y endurece el régimen penal introduciendo la prisión permanente revisable con régimen de revisión, unifica y flexibiliza la suspensión/sustitución de penas y la libertad condicional, suprime las faltas convirtiendo muchas conductas en delitos leves (con nuevo procedimiento), amplia y facilita el decomiso (incluido decomiso sin condena y decomiso de terceros) y crea la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA), tipifica y agrava numerosos delitos —especialmente contra la libertad e integridad sexual (sube la edad de consentimiento a 16 años, tipifica grooming, divulgación de imágenes íntimas, endurece pornografía infantil y explotación), corrupción, delitos económicos, medioambientales y cibercrimen—, regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas y su exención mediante modelos de prevención eficaces, revisa plazos de prescripción y antecedentes, incorpora medidas de ejecución y medidas cautelares sobre bienes y dicta reglas transitorias para la revisión de sentencias firmes y la aplicación de la ley más favorable; además establece obligaciones de información sobre indultos al Congreso y procedimientos específicos para los delitos leves y la realización/uso de efectos decomisados; la disposición adicional primera sobre autorización judicial de esterilización fue DEROGADA posteriormente por la Ley Orgánica 2/2020 (aplicable según su disposición transitoria), la entrada en vigor de esta Ley fue el 1 de julio de 2015 y el Gobierno queda autorizado a dictar el desarrollo reglamentario necesario.
BOE-A-2015-3439