**NO ES UNA NUEVA LEY SUSTANTIVA, SINO UN TEXTO REFUNDIDO** aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, que reúne, ordena y actualiza las normas básicas sobre el empleo público y sustituye la regulación anterior, especialmente la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público; establece los derechos y deberes de los empleados públicos, las clases de personal, el acceso y la carrera profesional, la evaluación del desempeño, las retribuciones, la negociación colectiva, la jornada, los permisos, las vacaciones, las situaciones administrativas, la movilidad, el régimen disciplinario y la cooperación entre Administraciones; se aplica al personal de las Administraciones estatal, autonómica y local, universidades públicas y demás entidades comprendidas en su ámbito, con especialidades para determinados colectivos; **MODIFICA EL ARTÍCULO 16.1 DE LA LEY 53/1984, DE INCOMPATIBILIDADES DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS**, e integra las modificaciones introducidas por las Leyes 7/2007, 40/2007, 39/2010, 26/2011, 27/2011, 15/2014, 25/2015, 26/2015 y 48/2015, las Leyes Orgánicas 9/2013 y 9/2015, y los Reales Decretos-leyes 20/2012 y 10/2015, quedando derogadas las disposiciones incompatibles o refundidas; posteriormente, el texto ha sido modificado, entre otras, por la Ley 31/2022, la Ley 4/2023, el Real Decreto-ley 6/2023 y las normas posteriores sobre permisos, igualdad, acoso, teletrabajo y temporalidad.
BOE-A-2015-11719