MODIFICA/REFUNDE LA LEY 24/1988: se trata de la aprobación del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL MERCADO DE VALORES, que no crea un régimen completamente nuevo sino que INTEGRA, ORDENA Y ACTUALIZA la regulación vigente sobre los mercados y productos financieros en España para hacerla más clara y adaptada al derecho de la Unión; regula la emisión y admisión a negociación de valores, los servicios y actividades de inversión, las obligaciones de información y prospectos, la organización y funciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), la estructura y funcionamiento de mercados regulados, bolsas, sistemas multilaterales y de negociación, los registros por anotaciones en cuenta, la liquidación y las entidades de contrapartida central (CCP) y depositarios centrales (CSD), las obligaciones de conducta de las empresas de inversión (evaluación de idoneidad, ejecución de órdenes, transparencia y políticas de remuneración), las normas sobre ofertas públicas de adquisición (OPA), prevención del abuso de mercado, supervisión, inspección y sanción, así como regímenes especiales para proveedores de datos y asesores de voto; el texto incorpora numerosas modificaciones y mejoras técnicas (numerosas disposiciones han sido precisadas o actualizadas por reales decretos‑ley y leyes posteriores). DEROGA la Ley 24/1988, de 28 de julio, y determinadas disposiciones adicionales y transitorias de otras normas, entre ellas las de: Ley 37/1998 (disp. add. 3.ª y 14.ª; trans. 1.ª, 2.ª, 5.ª y 6.ª), Ley 41/1999 (disp. add. 3.ª), Ley 44/2002 (disp. add. 1.ª–4.ª; trans. 1.ª, 2.ª y 6.ª), Ley 26/2003 (disp. add. 3.ª), Ley 6/2007 (disp. add.), Ley 32/2011 (disp. finales 1.ª, 2.ª y 4.ª), Ley 9/2012 (disp. add. 13.ª), Ley 5/2015 (trans. 9.ª) y Ley 11/2015 (trans. 6.ª y 7.ª); además, el texto refundido ha recibido modificaciones y desarrollos posteriores vía Real Decreto‑ley 21/2017, Real Decreto‑ley 14/2018, Real Decreto‑ley 19/2018, Ley 5/2021 y otros reglamentos, y algunas de sus disposiciones concretas han sido derogadas posteriormente (p. ej. por Ley 6/2023). En general busca facilitar la transposición de normas europeas (MiFID II/MiFIR, MAR, CSDR, EMIR, Prospectus, etc.), reforzar la transparencia y la protección del inversor y ordenar la supervisión; el texto entró en vigor 20 días después de su publicación en el BOE salvo excepciones reglamentadas.
BOE-A-2015-11435