NUEVA LEY QUE DEROGA LA LEY 8/1984; HA SIDO MODIFICADA POSTERIORMENTE POR: LEY 6/2018, LEY 6/2020, LEY 19/2019, LEY 1/2018, DECRETO‑LEY 11/2020 Y DECRETO‑LEY 7/2023. La Ley 13/2014 regula el servicio público de radio y televisión de la Comunidad Autónoma de Canarias (RTVC) para adaptarlo a la realidad digital y tecnológica actual y reforzar la información pública: define a RTVC como un ente público con personalidad jurídica propia, autonomía de gestión e independencia funcional (sujeto al derecho público pero aplicando derecho privado en sus relaciones externas y contrataciones), titular de dos sociedades públicas (Televisión Pública de Canarias, S.A. y Radio Pública de Canarias, S.A.) y con órganos de gobierno y control (Junta de Control, Dirección General, Consejo Asesor y Consejos de Informativos); establece el mandato marco aprobado por el Parlamento por seis años y su desarrollo mediante contratos‑programa cada tres años; fija principios de actuación (transparencia, objetividad, independencia, pluralismo, protección de menores, igualdad y fomento de la cultura y producción audiovisual canaria, así como la cobertura máxima en el Archipiélago y atención a la diáspora); regula programación, derecho de acceso de grupos sociales y políticos, indicativos de servicios, y prioridad a productores con domicilio en Canarias; determina el régimen económico y presupuestario (financiación con aportaciones públicas, ingresos comerciales y publicidad, compensaciones por servicio público limitadas al coste neto, exigencia de equilibrio y reglas de endeudamiento), contratación conforme a la normativa de contratación pública, y obligación de rendición de cuentas; regula el régimen de personal (selección por mérito, alta dirección con régimen especial, subrogación y medidas transitorias para los servicios informativos), las competencias de control externo (Parlamento, autoridad audiovisual y Audiencia de Cuentas) y disposiciones transitorias para garantizar continuidad operativa y la igualdad retributiva; y establece la entrada en vigor al día siguiente de su publicación.
BOE-A-2015-1115