**NUEVA LEY: LEY 36/2015, DE 28 DE SEPTIEMBRE, DE SEGURIDAD NACIONAL; NO MODIFICA LEYES EXISTENTES**, aunque se integra con la normativa sectorial aplicable —en particular, la de defensa nacional, seguridad pública, inteligencia, estados de alarma y excepción e infraestructuras críticas—. La ley crea un marco común para proteger la libertad, los derechos y el bienestar de la ciudadanía, la defensa de España, sus valores constitucionales y la seguridad internacional, mediante una política dirigida por el presidente del Gobierno y en la que participan todas las Administraciones Públicas, el sector privado y la sociedad civil. Para ello establece el Sistema de Seguridad Nacional, coordinado por el presidente con el apoyo del Consejo de Seguridad Nacional, regula la Estrategia de Seguridad Nacional, la cooperación entre el Estado y las comunidades autónomas, la colaboración de empresas y ciudadanos, la vigilancia de ámbitos esenciales como la ciberseguridad, la energía, la sanidad, el medio ambiente, la economía y los transportes, y la continuidad de los servicios y suministros básicos. También organiza la prevención y gestión de crisis y permite declarar, mediante real decreto, una situación de interés para la Seguridad Nacional cuando una crisis grave requiera coordinación urgente, sin suspender derechos fundamentales; en ese caso podrán movilizarse de forma gradual, proporcional e indemnizada recursos públicos y privados. La ley prevé mecanismos de comunicación pública, órganos y comités especializados, coordinación internacional y desarrollo reglamentario, y entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
BOE-A-2015-10389