Resumen de norma

BOE-A-2014-13613

Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico.

MODIFICA LEYES EXISTENTES: Ley 47/2003, Ley Orgánica 2/2012 (Estabilidad), Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (RDL 2/2004), Ley 7/1985 (LRBRL), Ley 21/2003, Ley 22/2009 y otras disposiciones conexas (además deroga expresamente el RDL 21/2012 y la Ley 13/2014, entre otras). El real decreto‑ley crea y unifica un mecanismo permanente de apoyo a la liquidez formado por dos Fondos (uno para Comunidades Autónomas y otro para Entidades Locales), estructurados en compartimentos (Facilidad Financiera, Fondo de Liquidez Autonómico, Fondo Social, Fondo de Ordenación, Fondo de Impulso Económico y otros, incluidos compartimentos en liquidación y uno para REACT‑UE) gestionados por el ICO y adscritos al Ministerio de Hacienda, con el objetivo de garantizar la financiación de servicios públicos esenciales, priorizar el gasto social, compartir ahorros financieros entre administraciones y mejorar la eficiencia y transparencia; establece requisitos de adhesión, condicionalidad (planes de ajuste, principio de prudencia financiera, obligaciones de información y control), procedimientos de retención de recursos del sistema de financiación para atender obligaciones pendientes de pago por convenios en materia social, un registro electrónico obligatorio de convenios entre Comunidades Autónomas y Entidades Locales (con intervención del interventor local), reglas presupuestarias y de gestión contable de los fondos, dotaciones extraordinarias y plazos excepcionales para 2015 (aportación estatal a los fondos, prórrogas y plazos de solicitud), medidas financieras transitorias (interés 0% en condiciones concretas, aplazamientos y fraccionamientos de devoluciones), disposiciones sobre el dividendo digital y compensaciones a concesionarios, prórroga de reducciones de cotizaciones por contratación indefinida y otras modificaciones normativas sectoriales (seguridad social, aeropuertos, devolución de impuestos sobre hidrocarburos), así como habilitaciones para desarrollar reglamentariamente los compartimentos y procedimientos; en conjunto, facilita liquidez condicionada a controles y planes de ajuste para mejorar la sostenibilidad financiera y la protección del gasto social.

Consultar el texto consolidado oficial en el BOEIdentificador europeo de legislación (ELI)