Esta Ley responde a la necesidad de impulsar la recuperación tras la crisis de 2008 mediante un paquete amplio de medidas para facilitar la financiación, mejorar la competitividad, simplificar trámites, regular sectores estratégicos y fomentar el empleo: mejora el acceso a crédito y garantías para pymes e internacionalización (extiende a FONPYME la flexibilización del FIEX, crea un programa de avales del ICO y facilita la refinanciación de deuda de las entidades locales con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores); liberaliza y simplifica el comercio minorista (regla general de apertura sin autorización previa, integración de trámites en un único procedimiento con plazo máximo de resolución de 3 meses, normas más exigentes para declarar zonas de gran afluencia turística y mayor libertad horaria municipal si las comunidades no actúan) y elimina requisitos registrales innecesarios en distribución y cinematografía; protege consumidores y comerciantes en los pagos con tarjeta fijando topes a las comisiones de intercambio, prohibiendo repercutir esos costes al pagador y reforzando la transparencia y el control del Banco de España; declara la red de aeropuertos gestionada por Aena como Servicio de Interés Económico General, prohíbe el cierre o venta de infraestructuras necesarias sin autorización, crea el Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA) quinquenal que enlaza ingresos por pasajero con costes eficientes e incentivos de calidad y adapta la supervisión y las consultas con AESA y la CNMC; regula aeronaves pilotadas por control remoto (drones) con un régimen específico y reparto de competencias entre Defensa y Fomento; en puertos permite ampliar plazos de concesión (hasta 50 años y en casos excepcionales más), fomenta la intermodalidad mediante un fondo para accesos terrestres y autoriza usos hoteleros en ciertos bienes portuarios históricos; en energía obliga al mayorista dominante de GLP a suministro domiciliario y permite precios máximos temporales para envases pequeños, reforma profundamente la retribución del sistema gasista (periodos regulatorios de seis años, metodología por valor neto del activo, reconocimiento y financiación del déficit de 2014 a 15 años y medidas de separación funcional), y transpone obligaciones de eficiencia energética creando el Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética, el Fondo Nacional de Eficiencia Energética y los certificados de ahorro (CAE); en cartografía y minería armoniza coordenadas al sistema ETRS89; crea el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (inscripción telemática, atención individualizada) y medidas de apoyo al empleo juvenil (bonificaciones a la contratación, incentivos a contratos formativos y refuerzo de políticas activas, incluidas adaptaciones de ETTs y agencias de colocación y extensión de reducciones a socios de cooperativas y sociedades laborales); introduce exenciones y ajustes fiscales (exención en IRPF y en plusvalía municipal por dación en pago o ejecuciones hipotecarias sobre vivienda habitual desde 1/1/2014, modulación de retenciones para profesionales con bajos rendimientos y creación del Impuesto sobre Depósitos en Entidades de Crédito con tipo 0,03% cuyo destino es Comunidades Autónomas); y contiene numerosas disposiciones adicionales (adaptación de equivalencias formativas militares, plazas adicionales en las Fuerzas Armadas, autorizaciones presupuestarias y cambios administrativos como reformas del Registro Civil y bonificaciones para prácticas formativas). MODIFICA LEYES EXISTENTES: LEY 7/1996 (ORDENACIÓN DEL COMERCIO MINORISTA) Y LEY 1/2004 (HORARIOS COMERCIALES); LEY 21/2003 DE SEGURIDAD AÉREA; LEY 34/1998 DEL SECTOR DE HIDROCARBUROS; TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE PUERTOS DEL ESTADO Y DE LA MARINA MERCANTE (RDL 2/2011); LEY 14/1994 (EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL); LEY 56/2003 (EMPLEO) Y NORMATIVA SOBRE AGENCIAS DE COLOCACIÓN; LEY 35/2006 (IRPF); NORMATIVA MINERA (LEYES AFINES) Y OTRAS DISPOSICIONES SECTORIALES Y TRIBUTARIAS (VER TEXTO LEGAL PARA LISTADO COMPLETO).
BOE-A-2014-10517