MODIFICA LEYES EXISTENTES: Decreto Legislativo 1/2010 (Texto Refundido sobre tributos cedidos), Ley 12/1984 (imposición sobre juegos), Ley 9/2005, Ley 3/2002 (canon de saneamiento), Decreto Legislativo 1/2004 (Texto Refundido de Tasas), Ley 6/2009 (BORM), Ley 7/2004 (Organización y Régimen Jurídico de la Administración), Ley 11/2007 (Instituto de Crédito y Finanzas) y, entre otras, se derogan expresamente la Ley 8/1996 (Agencia Regional de Recaudación), la Ley 3/2006 (Entidad Pública del Transporte) y la Ley 6/2008 (Defensor del Pueblo de la Región de Murcia). La norma recoge tres bloques de medidas principales: (1) tributarias: adapta el régimen de tributos cedidos y propios (modifica tarifas y bases de Sucesiones y Donaciones, juego, hidrocarburos y tasas regionales), elimina el tramo autonómico de determinadas deducciones por vivienda con reglas transitorias para ejercicios anteriores, flexibiliza condiciones para la reducción en transmisiones inter vivos de empresas, actualiza el canon de saneamiento y reordena y crea y suprime tasas y precios públicos; incluye medidas específicas para el sector del juego (gestión del padrón de máquinas, posibilidad de bajas temporales y cuotas reducidas excepcionales en 2013, reglas de autoliquidación y control telemático y adaptación del reglamento del bingo). (2) administrativas: publica el Boletín Oficial de la Región de Murcia solo en edición electrónica, refuerza requisitos de habilitación profesional y fianzas en actividades de juego, y introduce obligaciones formales (registros para compraventa de metales preciosos, actualización de tasas y demás obligaciones formales). (3) reordenación del sector público regional: crea la AGENCIA TRIBUTARIA DE LA REGIÓN DE MURCIA para centralizar gestión, inspección y recaudación (subrogándose en derechos y obligaciones de la Dirección General de Tributos y la Agencia Regional de Recaudación), crea dos entidades públicas empresariales —INSTITUTO DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES Y DE LAS ARTES y INSTITUTO DE TURISMO—, centraliza la coordinación del endeudamiento en el Instituto de Crédito y Finanzas, obliga a equilibrio presupuestario y a mayor control de gasto y personal (evaluación de directivos, limitación de indemnizaciones, control previo en supuestos de riesgo), establece medidas de control y planes de saneamiento para entes con desviaciones, regula la subrogación de personal, bienes y procedimientos de los organismos suprimidos y prevé amplias disposiciones transitorias para la implementación; la entrada en vigor se fija el 1 de enero de 2013.
BOE-A-2013-1927