La Ley ordena y moderniza el empleo público de Castilla‑La Mancha creando un marco único para planificar plantillas, clasificar puestos (cuerpos, escalas, áreas y relaciones de puestos de trabajo), regular el acceso (oposición, concurso‑oposición, promoción interna y bolsas), limitar y ordenar la interinidad, regular el personal laboral, eventual y directivo profesional, establecer sistemas de carrera (vertical y horizontal) vinculados a la evaluación del desempeño, regular la provisión de puestos y la movilidad (traslados, comisiones, adscripciones y movilidad por salud o violencia de género), fijar un régimen retributivo (sueldo, trienios, complementos de puesto y de carrera, incentivos y pagas), garantizar derechos (formación, conciliación, prevención de riesgos, defensa jurídica, no discriminación y medidas para personas con discapacidad) y deberes, desarrollar el régimen disciplinario (faltas y sanciones, procedimiento y prescripciones), ordenar la negociación colectiva y la representación sindical mediante mesas y comisiones, crear la Comisión de Coordinación del Empleo Público y regular disposiciones transitorias para integrar y reclasificar al personal y para la implantación progresiva de la carrera profesional; incluye asimismo normas sobre registros de personal, planes de empleo y transparencia en eventuales y en retribuciones, y establece derogaciones y adaptaciones necesarias para su aplicación. NUEVA LEY; DEROGA TOTAL O PARCIALMENTE Y/ O MODIFICA NORMAS AUTONÓMICAS PREVIAS, ENTRE OTRAS: LEY 3/1988 (Ordenación de la Función Pública), LEY 7/2001 (Selección de Personal), LEY 12/2001 (Acceso de Personas con Discapacidad), PARTES DE LA LEY 11/2001 (Servicios Oficiales Farmacéuticos), PARTES DE LA LEY 1/1999, LEY 18/2002, LEY 19/2002, PARTES DE LA LEY 25/2002, EL DECRETO 42/2005 (ART. 7) Y MODIFICA O ADAPTA DETERMINADOS PRECEPTOS DE LEYES AUTONÓMICAS COMO, ENTRE OTRAS, LAS LEYES 11/1997, 7/1999, 15/2001, 16/2002, 3/2003, 1/2006, 1/2008, 4/2010 Y 4/2003, ASÍ COMO OTRAS DISPOSICIONES QUE SE CITAN EN SUS DISPOSICIONES FINALES (y deroga toda norma de igual o inferior rango que se oponga a ella).
BOE-A-2011-7752