NUEVA LEY QUE MODIFICA: Ley 4/1994, de Salud de la Región de Murcia; DEROGA: Orden de 15 de marzo de 1992. La Ley 3/2009, de 11 de mayo, reúne en un único texto los derechos y deberes de los usuarios del sistema sanitario de la Región de Murcia, dentro del marco de la legislación básica estatal y los tratados internacionales, y establece principios generales (dignidad, no discriminación, respeto a la intimidad, información, autonomía y humanización de la asistencia) y su ámbito personal, material y territorial; garantiza protección en cinco ámbitos —promoción de la salud y atención sanitaria; intimidad y confidencialidad; información y participación; autonomía en la toma de decisiones (consentimiento informado, libre elección de profesional/centro, segunda opinión e instrucciones previas registradas); y documentación sanitaria (historia clínica, acceso y conservación)— y presta atención específica a colectivos vulnerables (menores, mayores, personas con discapacidad, enfermos mentales, crónicos, terminales, inmigrantes, etc.). Reconoce el derecho a la asistencia sanitaria pública (incluyendo procedimiento para extranjeros sin cobertura), fija garantías como plazos máximos de atención con mecanismos de derivación, obliga a profesionales y centros a respetar derechos y confidencialidad (especial protección a datos genéticos), regula deberes de los usuarios (respeto a profesionales, uso responsable de recursos, facilitación de datos, aviso de ausencias) y establece el régimen de garantía y protección a cargo de la Administración (autorización y acreditación de centros, sistemas de calidad e información sanitaria, inspección, comités de ética, creación de la Red sanitaria de utilización pública, impulso de habitaciones individuales y registro de instrucciones previas); la Ley habilita al Gobierno regional a desarrollar reglamentariamente sus normas y entra en vigor un mes después de su publicación.
BOE-A-2011-2493