Resumen de norma

BOE-A-2011-16749

Real Decreto 1359/2011, de 7 de octubre, por el que se aprueba la relación de materiales básicos y las fórmulas-tipo generales de revisión de precios de los contratos de obras y de contratos de suministro de fabricación de armamento y equipamiento de las Administraciones Públicas.

MODIFICA/DEROGA NORMAS EXISTENTES: Decreto 3650/1970; Decreto 2341/1975; Real Decreto 2167/1981; Orden 78/1994. Se trata de un real decreto, aprobado el 7 de octubre de 2011, que reglamenta la relación de “materiales básicos” (ANEXO I) y las fórmulas de revisión de precios (ANEXO II) aplicables a los contratos sometidos a los artículos 78 y 79 de la Ley 30/2007, de modo que amplía y actualiza notablemente el listado de materiales, excluye expresamente la mano de obra de las fórmulas (según el art. 79) y unifica en una sola disposición reglas antes dispersas para facilitar la adaptación de las fórmulas a la estructura real de costes y a nuevos materiales; las fórmulas, numeradas por familias y tipologías (obras de carreteras, ferroviarias, portuarias, aeroportuarias, hidráulicas, de costas, forestales, de edificación y suministros para fabricación como aeronaves, buques, vehículos militares, artillería, material electrónico/óptico, equipo personal y misiles), calculan el coeficiente K como suma ponderada de razones entre índices de coste actuales y de referencia más una constante (K = Σ peso·(índice/índice0) + constante), y los subíndices t y 0 representan los meses del periodo y la fecha de referencia; el Ministro de Economía y Hacienda podrá actualizar la lista de materiales por Orden previa consulta a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado cuando cambien los procesos productivos o aparezcan nuevos materiales; en lo transitorio, los contratos cuyo procedimiento de adjudicación se inició antes de la entrada en vigor seguirán rigiéndose por las fórmulas polinómicas anteriores (el procedimiento se considera iniciado desde la publicación de la convocatoria o, si no existe publicidad, desde la aprobación del expediente), y si faltan series estadísticas de precios para algún material se utilizará provisionalmente la serie del Índice de Precios Industriales del INE; deroga todas las normas de igual o inferior rango contradictorias (con mención expresa de los decretos/ordenes citados) y entra en vigor dos meses después de su publicación en el BOE; su tramitación contó con informe favorable de la Junta Consultiva y fue aprobada por acuerdo del Consejo de Estado y del Consejo de Ministros; la Disposición derogatoria tercera de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, declaró expresamente la vigencia de este real decreto.

Consultar el texto consolidado oficial en el BOEIdentificador europeo de legislación (ELI)