NUEVO REAL DECRETO QUE APRUEBA UN PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD: DEROGA EL REAL DECRETO 1643/1990 Y HA SIDO OBJETO DE MODIFICACIONES POSTERIORES (entre otras, los R.D. 1159/2010, 602/2016, 1/2021 y la LEY 7/2024). El texto aprueba un nuevo marco contable para adaptar las cuentas individuales españolas a criterios internacionales y europeos, aplicable a la mayoría de las empresas (con un Plan simplificado específico para PYMES) y estructurado en cinco partes: marco conceptual, normas de registro y valoración, cuentas anuales, cuadro de cuentas y definiciones; obliga a formular balance, cuenta de resultados, estado de cambios en el patrimonio, estado de flujos de efectivo (salvo modelos abreviados) y memoria, y fija umbrales para el uso de modelos abreviados. Introduce principios y reglas prácticas sobre reconocimiento y valoración (coste, valor razonable, valor neto realizable, coste amortizado, actualización de flujos), exige pruebas de deterioro, regula inmovilizado material e intangible (incluido el tratamiento del fondo de comercio), existencias, instrumentos financieros (clasificación, medición, deterioro, baja y coberturas), arrendamientos, operaciones en moneda extranjera, ingresos por ventas, provisiones, retribuciones a largo plazo y subvenciones; contiene normas específicas para combinaciones de negocios, negocios conjuntos y operaciones entre empresas del grupo, y exige amplia información en la memoria para facilitar la comprensión por terceros. Establece reglas transitorias para la primera aplicación (posibilidades de opción limitada y ajuste a reservas), faculta al ICAC y al Ministro para desarrollos y adaptaciones sectoriales, mantiene adaptaciones sectoriales existentes mientras no contradigan el nuevo Plan y fija la entrada en vigor para ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2008 (con numerosas correcciones y actualizaciones posteriores).
BOE-A-2007-19884